Qué se celebra
El 1 de enero abre el año en el calendario gregoriano y es día feriado nacional en toda la República Dominicana. Es uno de los feriados más estables del calendario dominicano: cae siempre en la misma fecha y no se mueve nunca, caiga el día de la semana que caiga.
Cómo se vive en el país
La celebración empieza la noche del 31 de diciembre. Las familias se reúnen a cenar, se despide el año con fuegos artificiales y en el Malecón de Santo Domingo se monta el espectáculo más grande del país. Se mantienen las costumbres de estrenar ropa, comer doce uvas con las campanadas y salir a la calle a saludar a los vecinos. El 1 de enero es, sobre todo, un día de casa: sancocho, familia y descanso.
Qué dice la ley
El artículo 2 de la Ley 139-97 excluye expresamente el 1 de enero del traslado al lunes. La ley enumera las fechas que quedan fuera de su ámbito de aplicación y el Día de Año Nuevo encabeza esa lista, junto al 21 de enero, el 27 de febrero, el 24 de septiembre y el 25 de diciembre.
Esto quiere decir que, si el 1 de enero cae martes, miércoles, jueves o viernes, no se pasa al lunes: el feriado se disfruta en su día.
Qué significa para tus plazos
Al ser un día declarado legalmente no laborable, el 1 de enero no cuenta como día hábil. Según el artículo 165 del Código de Trabajo, los días no laborables por la Constitución o las leyes son de descanso remunerado para el trabajador, salvo que coincidan con el descanso semanal. Quien trabaje ese día debe cobrarlo con el recargo que fija el propio Código.
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